PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS DE CAPITAL PRIVADO

PARA LA ACEPTACIÓN DE HERENCIAS

PRÉSTAMO PARA ACEPTACIÓN DE SU HERENCIA

Desde que una persona fallece comienza el proceso de reparto de su herencia. Para poder disfrutar de los bienes recogidos en una herencia es necesario cumplir con una serie de gastos e impuestos

Para poder aceptar una herencia es necesario disponer de cierta cantidad de dinero para cubrir los gastos de la aceptación, así como gastos administrativos.

Si no quieres tener que rechazar una herencia por falta de liquidez ponte en contacto con nosotros. Disponemos de préstamos específicos para la tramitación de herencias que te permitirán sufragar todos los gastos derivados de los citados impuestos. Todo ello, mediante un equipo especializado en materia legal y financiera que resolverá todas tus dudas.

 

NO NOS IMPORTA QUE TE ENCUENTRES REGISTRADO EN LOS FICHEROS DE MOROSIDAD DEL RAI o ASNEF

En Nacional Credit, somos especialista en la gestión y tramitación de productos de financiación, ofrecemos una soluciones integrales para todos los clientes necesiten financiación.

Nuestro equipo de profesionales le guiará desde principio hasta la firma ante notario, garantizando al cliente la máxima confidencialidad y seguridad

HIPOTECAS SEGURAS, TRANSPARENCIA DE OPERACIONES Y PROTECCIÓN DE LA CIENTELA. Cumplimos la normativa vigente exigida por el Real Decreto 106/2.011, de 28 de Enero, previsto en la Ley 2/2.009 de 31 y Ley 05/2019 de que regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación.

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ASPECTOS JURÍDICOS

  • Profesionales en Derecho. Asesoramiento jurídico para la tramitación de la herencia.
  • Control de la operación a nivel jurídico desde la recepción de la documentación por parte del cliente.
  • Le enviaremos antes de la firma un borrador de la escritura.
  • Firma ante notario y elevación a público de la operación.
¿QUÉ NECESITO SABER IMPUESTOS EN TORNO A LOS IMPUESTOS SI QUIERO HEREDAR?

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En la actualidad, heredar ya no es gratis. Existen una serie de situaciones en las que el heredero tendrá que cumplir con las arcas del Estado.
La aceptación de una herencia supone una serie de trámites que variarán dependiendo de si existe testamento o no.
En el caso de que recibas una herencia de un familiar, lo más importante es conocer si dejó un testamento escrito y para saber este dato hay que acudir al ministerio de justicia para solicitar el certificado de últimas voluntades, en caso no haya otorgado testamento estaremos ante una herencia intestada, lo que hace que la situación se complique.
Para cumplir con las obligaciones y derechos sin testamento los herederos deberán acudir a un notario para realizar lo que se conoce como Declaración de Herederos. Realizados todos los trámites se abre un plazo de seis meses para cumplir con el pago del impuesto de Sucesiones y Donaciones

Este documento simplifica mucho los pasos a dar para la aceptación de una herencia. El testamento es la declaración voluntaria y por escrito de las últimas voluntades de la persona fallecida. Es decir, el reparto de sus bienes hacia los familiares directos y personas elegidas por propia voluntad.

Cuando una persona fallece los herederos legales tienen que solicitar al notario la copia del testamento en el caso de que este existiera. A continuación, se realiza el inventario de bienes y deudas, ya que en el caso de que estas últimas sean superiores podrás rechazar la herencia.

En el caso de la aceptación de una herencia se procede a su liquidación y adjudicación. Es aquí donde entra en juego el pago de los impuestos.

El impuesto de sucesiones es una tributación que ha de pagar la persona que recibe una herencia. Se trata de un impuesto personal que se aplica en toda España y según las cuotas aplicadas en cada comunidad autónoma en la que el fallecido tuviese su domicilio. El impuesto de sucesiones además se aplica a toda clase de herencias con o sin testamento, estando los contribuyentes obligados a presentar su declaración tributaria en un plazo de 6 meses.

Un dato importante a conocer sobre este impuesto es que es progresivo. Es decir, que la carga tributaria se fija en base a tres criterios:
• El valor del bien heredado.
• La relación de parentesco con el fallecido.
• El patrimonio preexistente del heredero.

El pago del impuesto de Sucesiones y Donaciones en las herencias es menor cuanto más cercano sea el grado de parentesco. Es decir, existen familiares del grupo I, II, III y IV. Por último, es importante que sepas que en la causas de herencia por pérdida de un familiar todo tributa, excepto las cargas y los gastos deducibles.

Este es otro impuesto que ha de ser pagado en el caso de aceptación de una herencia. Cuando una persona hereda un terreno o una casa esta deberá pagar el impuesto de plusvalías municipales en el ayuntamiento donde esté ubicado el bien inmueble.

Esta controvertida tributación hace referencia al valor que año a año adquiere un bien de estas características.

El aumento de este valor a la hora de heredarlo es lo que se sufraga mediante el impuesto de plusvalías.

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Especializada en la intermediación de operaciones financieras de capital privado en todo el territorio nacional.

Posee representación comercial en varias de las ciudades más significativas a nivel nacional

Nacional Credit es el resultado de la unión de profesionales con más de 15 años de experiencia en los sectores de Financiación, Análisis, Tramitación, Gestión y Dirección empresarial. Ponemos a su disposición todo un equipo multidisciplinar compuesto por abogados, procuradores, tasadores, peritos y economistas y analistas financieros.

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Nuestro objetivo es ofrecer un servicio completamente personalizado y exclusivo a nuestros clientes. Consideramos que cada caso es singular y así lo enfocamos.

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Nos comprometemos a ofrecer a cada cliente las mejores condiciones de su préstamo; facilitar toda la información necesaria para que tome una decisión con claridad, seguridad y conocimiento de la causa; aprobar la solicitud y conceder el préstamo en el mínimo plazo de tiempo posible.

NUESTROS VALORES Y PRINCIPIOS

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TODAS LAS GARANTÍAS LEGALES

Los préstamos que tramitamos cumplen la normativa vigente exigida por el Real Decreto 106/2.011, de 28 de Enero, previsto en la Ley 2/2.009 y Ley de 15 de Marzo prevista en la Ley 05/2019 de que regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación.

Empresa está inscrita en el Registro de Intermediarios de Créditos Inmobiliario del Banco de España con número codificación D458 y en la Agencia Española de Consumo con número de inscripción 204/2018, tiene contratado un seguro de RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL, con LLOYD’S

Notario

Todos los préstamos hipotecarios de Capital Privado facilitados por Nacional Credit son siempre firmados ante Notario

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INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS

De conformidad con el vigente Reglamento (UE) 2016/679, informamos que los datos de carácter personal que nos proporcione se tratarán para lo siguiente: Gestionar la intermediación de préstamos personales o créditos hipotecarios entre nuestros clientes.

Dicho tratamiento de sus datos estará amparado en la ejecución de los contratos y el consentimiento de los interesados. El Usuario consiente el tratamiento arriba descrito.

Asimismo, le informamos que para poder ofrecer nuestros servicios, los datos proporcionados podrán ser ofrecidos a entidades prestamistas y comparadores financieros. Los servicios prestados por dichas empresas se ajustan en todo caso a la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.

Igualmente, se informa al Usuario que en cualquier momento puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación o supresión de datos, así como disponer de otros derechos reconocidos y regulados en el Reglamento (UE) 2016/679, enviando un correo electrónico con copia de su NIF a la siguiente dirección electrónica: direccion@nacionalcredit.es. Información adicional y detallada sobre Protección de Datos en nuestra página de Política de Privacidad: https://www.nacionalcredit.es/politica-de-privacidad/

COLABORAMOS CON TASADORAS HOMOLOGADAS POR EL BANCO DE ESPAÑA

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Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras, entre ellas los préstamos con garantía que tramitamos.

La normativa ECO 805-2003 es una orden del Ministerio de Economía en la que se establecen normas para el cálculo del valor de tasación de bienes inmuebles y de determinados derechos reales para las finalidades contempladas en su ámbito de aplicación, así como para la elaboración de informes y certificados en los que se formalizará.

Esto supone por otro lado que las tasaciones sólo puedan ser emitidas por agentes capacitados y responsables legalmente, tal y como aparece estipulado en la normativa ECO.
Sólo las sociedades de tasación inscritas y homologadas en el Banco de España, pueden realizar estas tasaciones hipotecarias oficiales o ECO.

Las ventajas más claves de NACIONAL CREDIT es la rapidez y la agilidad en la tramitación de productos de Financiación Privada que no requieren trámites bancarios.

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